El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció (21/12/2016) que todas las cláusulas suelo hipotecarias que fuesen abusivas son nulas desde que se firmaron —o sea, nunca existieron—, por lo que carecen de efectos. Los bancos deben devolver los intereses desde entonces y no desde 2013, como pretendía el Tribunal Supremo.