El Supremo avala que Santander retirara la pensión de 12,8 millones del expresidente de Popular

El Alto Tribunal revoca el fallo previo de la Audiencia Nacional y da la razón al banco cántabro, que decidió retirar la compensación pactada por prejubilación a Ángel Ron, expresidente de Popular, tras la caída de la entidad. El Supremo aplica el mismo criterio para Fransciso Gómez, exCEO de Popular.

El Tribunal Supremo da la razón a Santander en el litigio por la compensación de prejubilación del que fuera presidente de Banco Popular hasta el 20 de febrero de 2017, Ángel Ron.

El Alto Tribunal ha estimado parcialmente el recurso de Santander, que tras la caída de Popular aplicó las cláusulas de recuperación (clawback) y del ajuste previo o la reducción a cero (cláusula malus) por la compensación por prejubilación de determinados directivos. Estas cláusulas suelen aplicarse en casos en los que una entidad atraviesa problemas financieros severos.

El Supremo considera que Popular estaba en una situación límite cuando se produjeron los hechos. Así lo recogen dos sentencias que datan del pasado 27 de mayo publicadas este jueves.

El Supremo ha aplicado el mismo criterio para el ex consejero delegado del banco extinto, Francisco Gómez.

Así, el Supremo revoca la decisión de la Audiencia Nacional, que había fallado a favor de los altos mandos de Popular y de Mapfre, la aseguradora con la que se instrumentó el pago de las compensaciones.

En el caso de Ron, la compensación ascendía hasta 12,8 millones de euros. Mapfre deberá devolver a Santander la parte no consumida de la pensión. Por su parte, Ron deberá pagar algo más de 200.000 euros a la entidad devenidos de las variables que cobró tras su salida de Popular.

El Alto Tribunal, además, repone con esta decisión el veredicto inicial del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, que también avaló que Santander aplicara las cláusulas de recuperación.

«Acatamos la sentencia. En nuestra opinión esta hace caso omiso del contrato válido y eficaz existente entre las partes, cuya nulidad nadie ha pedido, del carácter estatutario de la obligación del pago del artículo 27 de los Estatutos sociales, de la aprobación por la junta general del esquema retributivo en 2017, cuando ya no estaba en el Banco y nada dice del pacto de no competencia contractual por 11 años que impuso el Banco», señalan fuentes del entorno de Ángel Ron.

El expresidente de Popular, PwC y otros 10 altos directivos del banco extinto serán juzgados a partir del 19 de enero de 2027 por el caso de la ampliación de capital de 2016 de Popular.