
La lucha contra el fuego continúa, especialmente en el noroeste peninsular, a la espera de que el fin de la ola de calor acelere las labores de extinción. Mientras, llega el turno de cuantificar daños y contactar con las aseguradoras, aunque no siempre los bienes están cubiertos. Estas son algunas de las recomendaciones que deberán tener en cuenta los afectados por una catástrofe sin precedentes en tres décadas:
- ¿Estoy cubierto si he perdido la documentación?
«Lo vimos en la dana de Valencia: la Policía Nacional y la Guardia Civil fueron capaces de generar DNI de manera muy rápida y a nivel notarial, los profesionales están muy habituados a duplicar escrituras que se hayan podido perder», explica Carlos Seara, director de desarrollo de negocio de Agrobank, del grupo CaixaBank. «Las aseguradoras también tenemos toda la información en el sistema informático», asegura Sergio del Campo, director general de Agroseguro. Se trata de la entidad que se puso en marcha en 1980 para gestionar este tipo de pólizas, en colaboración con el sector y con una parte de financiación pública.
- ¿Quién tiene derecho a indemnización?
En ese punto, hay que «diferenciar entre seguros generalistas, como vivienda o vehículo, y el sector agrícola y ganadero», dice Seara. En los hogares, las pólizas no son obligatorias, pero sí muy habituales porque lo exige la normativa para firmar una hipoteca. En estos casos, la cobertura incluye daños materiales producidos por un incendio en un inmueble (paredes, puertas, ventanas y enseres), y los gastos por labores de extinción y salvamento.
- En el caso de pisos, ¿la póliza de la Comunidad de Propietarios también interviene?
Sí, cubre los daños en construcción -paredes, forjados, estructura- y zonas comunes -portal, escaleras, ascensores, jardines-. En el caso de las edificaciones próximas a los bloques incendiados, los seguros de comunidades de propietarios y viviendas también suelen cubrir los daños por el humo.
- ¿Qué sucede si, además de la vivienda, el afectado tiene pérdidas en explotaciones agrícolas y ganaderas?
Es necesario contar con un seguro para poder recibir indemnizaciones. Todas las reclamaciones se vehiculan a través de Agroseguro. Para los que carezcan de él, es clave la declaración de zona catastrófica, porque da derecho a ayudas.
- ¿En el sector primario, qué es lo que cubren los seguros?
«En la agricultura, los daños por incendio y granizo forman parte de la garantía básica sea cual sea el cultivo: cereal, olivar, viticultura o cítricos», expone Sergio del Campo, director general de Agroseguro. En las explotaciones ganaderas, se incluye en caprino, ovino y aves, pero en porcino, su inclusión en la cobertura básica es opcional», detalla. En cuanto a los montes privados, las pólizas siguen teniendo una «implantación reducida», dice Del Campo. «La apicultura también va aparte», expone Poli Castellanos, presidente de Ucale-COAG en León, una de las provincias más afectadas.
- ¿La aseguradora se hace cargo del 100% de todos los daños?
Sí, salvo que su importe supere el límite estipulado en la póliza, conocido como capital asegurado. Castellanos destaca que, para calcular esta cuantía, se tienen en cuenta las previsiones de producción. En 2025 «están siendo superiores a las estimaciones iniciales por las lluvias de primavera», por lo que los desajustes serán mayores.
«En la ganadería hay una gran cantidad de contingencias y líneas de seguro distintas. En mi caso tengo contratada retirada de animales muertos, responsabilidad civil, maquinaria, personal, daños por jabalíes y enfermedades», describe Isabel Vilalba, secretaria general del Sindicato Labrego Galego. «Con los actuales precios y el nivel de costes es imposible tenerlo todo cubierto; en una explotación, una cosa es la granja en sí, que está cubierta; y otra los pastos, las bolas de hierba o los forrajes, que hay que incluirlos uno por uno», pormenoriza.
- ¿Qué pasos hay que seguir para solicitar la reparación?
En una comunicación remitida a los afectados, COAG asegura que lo primero es presentar denuncia ante la Guardia Civil o la Policía Nacional con fotos geolocalizadas del siniestro. Se aconseja guardar todas las facturas de los gastos generados en la explotación a causa del incendio, como alimentación del ganado, arreglo de infraestructuras y desperfectos o la sustitución de maquinaria calcinada.
Tenerlos facilita la devolución del importe de los gastos ocasionados. En caso de pérdidas de cabezas de ganado es obligatorio comunicarlo a la Unidad Veterinaria de la zona.
- ¿Existen plazos para poder reclamar?
La normativa dice que los afectados disponen de siete días para comunicar un siniestro, aunque los mediadores de seguros explican que, en catástrofes naturales, en la práctica son muy flexibles. Lo mismo dicen desde Agroseguro. «El sector es muy sensible ante las circunstancias. Es muy importante acreditar de la mejor forma posible todos los daños sufridos, sobre todo en el contenido, como facturas de los enseres de más valor», señala. En este punto, Del Campo recuerda que «explotaciones ganaderas han tardado tres semanas en localizar un animal perdido».
- ¿Cuándo se tarda en cobrar?
Una vez se ha comunicado el siniestro a la aseguradora, un perito debe evaluar los daños. «Los plazos se han agilizado, y de media, pagamos entre 25 y 30 días desde la tasación; en casos más sensibles, como la dana de Valencia, llegaron a ser de 15 días», dice Sergio del Campo.
- Si he perdido mi casa, ¿tengo derecho a vivir temporalmente en otro sitio?
Si la póliza incluye cobertura de inhabitabilidad, la aseguradora tendrá que ayudar al afectado a buscar un alojamiento temporal. Habitualmente, para unos días.
- ¿Qué importancia tiene la declaración de zona catastrófica?
Se aprobará formalmente en el Consejo de Ministros de la próxima semana, y es fundamental si el afectado no contaba con un seguro o su póliza no cubre los incendios forestales. Para los que se queden fuera, habrán ayudas del Gobierno y de las autonomías. «La Junta de Castilla y León ya ha anunciado 100 millones de euros, pero estimamos que serán insuficientes», expone Poli Castellanos. En Galicia, «la Xunta las canalizará desde los municipios», dice Vilalba.
- ¿Se puede cobrar del seguro y de la Administración?
No es lo habitual, pero la letra pequeña será determinante. En este punto, Agroseguro destaca que las pólizas son mucho más ágiles a la hora de formalizar los pagos, por lo que es un factor que deberán tener en cuenta los afectados que se vean en la tesitura de tener que elegir.
Otro elemento a tener en cuenta son las líneas de financiación en condiciones preferentes que están poniendo en marcha muchos bancos. En el pago de estos créditos, «los periodos de carencia serán muy importantes. En Galicia la cosecha tenía que empezar en 15 días, y se necesitará entre tres y cuatro años para que el viñedo vuelva a dar frutos; en la silvicultura, el plazo es de dos, tres o cuatro décadas. Hay que sentarse con el banco y abordar la situación», describe Seara.
- El Consorcio de Compensación de Seguros, ¿está facultado para intervenir como sucedió en la Dana?
No, porque los incendios no tienen la consideración de riesgos extraordinarios de otras catástrofes naturales: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos. Hay una excepción. En el caso de incendios forestales, el Consorcio indemniza a heridos y herederos legales de fallecidos mientras realizan tareas de extinción, según fija la Ley de Montes.
- En el caso de familiares de fallecidos a causa de un incendio: ¿Cómo saber si tenían seguro de vida o accidentes?
El Ministerio de Justicia dispone de un registro con todas las personas aseguradas y con qué compañía, que puede informar de quién es el beneficiario de la póliza. Si el fallecido se encontraba en activo laboralmente, es posible que su empresa cuente con un seguro de vida colectivo a su favor.
- ¿Existe alguna diferencia entre incendios provocados e incendios fortuitos?
Si el fuego es intencionado y el autor es identificado, el afectado puede llevarle a los tribunales. Si se declara insolvente, la única vía de compensación son las ayudas estatales que el Gobierno apruebe por real decreto o la declaración de la zona como gravemente afectada por emergencia de protección civil.