La Aedaf avala la visita del fisco a casa sin preaviso si se justifica sólidamente al juez

Las visitas de la Agencia Tributaria a los domicilios de contribuyentes inspeccionados deben de poder realizarse sin aviso previo a los interesados pero Hacienda ha de dar antes todas las garantías al órgano jurisdiccional de qué hay motivos más que suficientes para autorizarlo y de que la medida es proporcionada. Así lo dijo ayer la presidenta de la Asociación Española De Asesores Fiscales (Aedaf), Stella Raventós, para quien la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 1 de octubre, que fija la interpretación legal de las visitas domiciliarias de la Inspección fiscal, lo especifica claramente. Raventós añadió que si se quiere regular este acto de la Inspección, “tiene que hacerse mediante una ley orgánica, porque se refiere a derechos constitucionales, y no de manera apresurada”. El responsable de estudios e investigación de Aedaf, Javier Gómez Taboada, explicó que “como el fin no justifica los medios, se precisan unas cautelas que tienen que venir con una autorización judicial motivada por argumentos convincentes”. Además, sería conveniente que en dichas visitas hubiera un fedatario público que levantara acta de lo que ocurre, según los asesores. En todo caso, estos recuerdan que las visitas son actualmente muy escasas y solo se producen en el 1% de los procedimientos de inspección.

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