Los jueces obligan a aceptar el traslado de una empleada pública temporal para cuidar a su hijo

Los trabajadores tienen los mismos derechos con independencia de las peculiaridades de cada modelo de contrato. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha recordado esta disposición del Estatuto de los Trabajadores (artículo 15.6) al revocar la denegación de una petición de traslado de una empleada pública del Gobierno andaluz en Huelva (con contrato indefinido no fijo) para cuidar a su hijo de tres años y que precisa de medicación y supervisión durante todo el día.

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