A Rato y Blesa el tribunal les considera autores del delito continuado de apropiación indebida. Los restantes acusados son condenados como colaboradores, salvo el caso del ex director General de Medios Ildelfonso Sánchez Barcoj (2 años y 6 meses), a quien se le considera colaborador y cómplice de la operativa desarrollada, que contribuyó a mermar el caudal de la entidad bancaria. A los tres se les absuelve del delito de administración desleal del que también estaban acusados.