Una sentencia del juzgado de lo Social número 6 de Valencia acaba de fallar que un repartidor de Deliveroo, la empresa digital de reparto de comida a domicilio, no era un autónomo sino un asalariado. Partiendo de esta base, el fallo declara el despido de este trabajador como improcedente. Para llegar a ese punto, la juez de primera instancia califica la relación como “laboral” siguiendo el razonamiento de la Inspección de Trabajo, que ya había calificado así esa sentencia y dictado que los riders son falsos autónomos. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.