En España aún no existe un marco legal específico que regule el derecho a la desconexión fuera del horario laboral, pero hay una directiva europea y jurisprudencia que lo amparan. El 17 de julio de 1997 la Audiencia Nacional determinó que es ilegal que una compañía obligue a sus trabajadores a tener conectado el teléfono móvil para poder ser localizado, ya que «con ello se sobrepasan las facultades normales y regulares de la empresa en los términos del artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores». Así, se desprende que no se trata de un problema nuevo, aunque con los avances de las nuevas tecnologías se han difuminado más los límites de la vida personal y la laboral.