La administración no puede despedir a los profesores interinos que están trabajando cuando llega el verano y volverlos a contratar cuando empieza el curso para ahorrarse esos meses de sueldo. Los docentes deben seguir cobrando en vacaciones escolares y esos periodos, además, les deben contar en su antigüedad. Así lo ha dictado el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid, que le ha reconocido a un profesor interino adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid el derecho de antigüedad de los meses de julio, agosto y días proporcionales de septiembre de los cursos 2011/12; 2012/13; 2013/14 y 2014/15 y obliga a abonarle el salario.